Plazo para finalizar las obras y su justificación

Plazo para finalizar las obras y su justificación 2022

PLAZO PARA FINALIZAR LAS OBRAS

El plazo máximo de ejecución de las obras será el que establezca la Resolución de Concesión emitida por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación del Gobierno de Aragón y en todo caso no podrá exceder de 24 meses contados desde la fecha de concesión de la ayuda.

FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN

Una vez finalizadas las obras, el beneficiario deberá solicitar al Ayuntamiento la resolución de aprobación de la justificación, que requerirá la presentación de la siguiente documentación:

Anexo XIII junto con:

  1. Certificado final de obra firmado por los técnicos competentes.

  2. Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones a la Administración competente, y registro, en su caso.

  3. Documentación final de obra, incluyendo la certificación energética del edificio terminado (sólo en los casos de actuaciones de mejora de eficiencia energética y sostenibilidad), y el resumen del presupuesto realmente ejecutado.

  4. Acreditación del pago material de los gastos subvencionables.

  5. Fotografías en color de la obra terminada.

  6. Cualquier otra documentación exigida en la Resolución de concesión o en las Resoluciones Parciales, si las hubiere.

FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN PARCIAL

Cuando por circunstancias sobrevenidas no sea posible la ejecución completa de las obras en el plazo concedido, el interesado solicitará la resolución de aprobación de la justificación parcial acompañada de la siguiente documentación referida a la obra parcial ejecutada:

  1. Certificado final parcial firmado por técnico competente que incluya la justificación de que la obra ejecutada se corresponde con partes completas que sean susceptibles de ser entregadas al uso para el que fueron proyectadas, el objeto de la subvención concedida y dando cumplimiento a la normativa aplicable.

  2. Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones a la Administración competente, y registro, en su caso.

  3. Certificación energética del edificio terminado, e incluyendo asimismo el resumen del presupuesto realmente ejecutado.

  4. Acreditación de los pagos realizados.

  5. Fotografías en color de la obra parcial terminada.

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