Responsabilidad patrimonial

por Internet Presencial

Fecha límite: En plazo

Descripción

Es el reconocimiento del derecho a ser indemnizado por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que se sufra en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

El daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas.

Dirigido a

Cualquier ciudadano que haya recibido un daño en su persona o en sus bienes como consecuencia del funcionamiento de un servicio público.

Requisitos y observaciones

¿Cuándo reclamar?

El derecho a reclamar prescribe al año de haberse producido el hecho o el acto que motivó la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Significado y plazos del silencio administrativo:

  • Negativo. Plazo 6 meses desde la iniciación del procedimiento o formalización de acuerdo.

¿Cómo realizar el trámite?

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud rellenado (solo en el caso presencial).
  • Acreditación de la representación del perjudicado, en su caso
  • Fotografías, en su caso, del lugar del suceso y del bien dañado.
  • Informe médico acreditativo de lesiones personales, en su caso.
  • Partes de baja/alta médica y/o laboral
  • Denuncia ante la Policía Local o Guardia Civil.
  • Declaración de testigos, en su caso.
  • Copia del presupuesto o factura del gasto ocasionado.
  • Cualquier otro documento que considere oportuno.

Órgano gestor

Secretaría del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

Protección de datos

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