Deportes / Subvenciones para equipos en competiciones de categoría nacional 2026
por Internet
Fecha límite: 17/03/2026 (Solicitud); 30/10/2026 (Justificación)
Descripción
Se convoca, mediante régimen de concurrencia competitiva abierta, ayudas a equipos deportivos en competiciones nacionales en el año 2026.
- Para los equipos en que su modalidad deportiva esté a caballo entre dos años, las fechas subvencionables son del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
- Cuando la especialidad deportiva sea con el año natural, el periodo subvencionable será del 16 de octubre de 2025 al 20 de octubre de 2026.
Plazos
- Plazo de solicitud: del 26 de febrero al 17 de marzo.
- Plazo de justificación: hasta el 30 de octubre de 2026
Dirigido a
Se entiende por categoría nacional aquellas competiciones en las que se compita en más de una comunidad autónoma y que la Federación organizadora sea la española y sea un campeonato o liga de España oficial. (Federación reconocida oficialmente por el C.S.D.)
- No se admiten equipos que compitan en Aragón en una liga regular y que luego tengan una fase de sector nacional en función de sus resultados regulares.
- No se admiten solicitudes que a la fecha de presentar la solicitud, no se sepa la categoría en la que participa.
- Un club no puede presentar más de un equipo masculino y/o femenino que cumpla esos requisitos, o del mismo género que ya haya presentado a la convocatoria de máxima categoría.
- Quedan excluidos los deportes en los que la participación es individual o parejas, pero puntúan para un ranking nacional. No se consideran como equipo a efecto de estas bases los deportes por parejas. No se permiten equipos de menos de tres personas.
- Quedan excluidos aquellos equipos que ya reciban ayuda por parte de otra área del Ayuntamiento.
- Quedan excluidos los que, en el caso de que la subvención se solicite para un mismo destino y finalidad que en el ejercicio anterior, no hayan justificado las mismas o no hayan cumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación (art. 9 b) Ley de Subvenciones de Aragón).
- El equipo debe estar dado de alta en el Registro de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Huesca. En el caso de que sea una Sociedad Anónima Deportiva, podrá solicitar si su domicilio fiscal es Huesca.
Requisitos y observaciones
¿Cómo realizar el trámite?
Documentación necesaria
Información adicional sobre la documentación a presentar:
Solicitud de la subvención:
La solicitud de subvención irá acompañada por un proyecto, especificando en todo caso:
a) Memoria resumen (Anexo 1.1).
- Breve descripción del equipo y de su categoría encuadrada en la federación correspondiente. Categoría deportiva y de edad.
- Fecha de inicio y final de la temporada.
- Descripción del organigrama deportivo del club con sus diferentes secciones, equipos con los correspondiente nº de deportistas, escuelas, personal técnico, en función de cómo esté organizado. Punto 4 del Anexo 1.1.
- Localidades de dichas competiciones y distancia kilométrica a las mismas.
b) Presupuesto económico de la misma equilibrado en ingresos y gastos. Desglosando el capítulo de gastos e ingresos (Anexo 1.2). El presupuesto será el propio del equipo, no el del club.
c) Calendario oficial de la federación española donde participa el equipo para el que se pide la ayuda.
d) Declaración responsable. Anexo 1.3.
Justificación de la subvención:
La justificación de la subvención deberá ir acompañada de:
1. Memoria de actuación (Anexo 2.1) justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y, en su caso, proyecto presentado y, en su caso, una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos.
2. Material gráfico en el que conste la colaboración del Ayuntamiento de Huesca según punto quinto b de esta convocatoria.
3. Relación individualizada de todos los gastos de la actividad con sus conceptos ordenada correlativamente y que será sumada al final de la relación (Anexo 2.2). Habrá que justificar el 100% del presupuesto de gastos presentado para el equipo. En caso de que no se justifique el 100% de lo presupuestado, la cantidad concedida de subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de justificación efectiva sobre el presupuesto de gastos presentado.
Cada una de las facturas, documentos de pago contable, etc, irán seguidos y asociados de su correspondiente justificante de pago (recibo o apunte bancario inequívoco del pago).
4. Original o fotocopia compulsada de las facturas originales por los gastos de la actividad.
5. Los gastos superiores a 300 € sólo podrán ser justificados mediante justificante bancario. Las de 300 € o menos, si no hay justificante bancario, deberá tener la firma de recibí o pagado. Estos justificantes no podrán ser recurrentes mensualmente.
6. Una declaración jurada (Anexo 2.3) sobre la obtención o no de otras ayudas e ingresos para el mismo equipo. En el caso de que el equipo haya sido financiada, además de con la subvención del Ayuntamiento de Huesca, con fondos propios u otras subvenciones o recursos públicos o privados, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.
7.- Certificado de la Agencia Tributaria como que el club o asociación no consta que haya presentado la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio del año en curso. En caso de que la asociación esté obligada a presentar la declaración de IVA, los gastos imputados a la justificación de gastos será la cantidad sin IVA.