por Internet Presencial
Estado: Abierto
Fecha límite: 30, 15 o 10 días antes de su utilización, según el tipo de evento
Solicitud de una autorización para la realización de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos de cualquier naturaleza que supongan la ocupación de la vía pública.
Las solicitudes se deben presentar con una antelación mínima de un mes si el evento precisa el montaje de carpas, estructuras y/o instalación eléctrica o similares; de 15 días si el evento precisa de cualquier tipo de infraestructura (sillas, mesas u otro mobiliario); y de 10 días en el resto de eventos.
Podrán solicitar la autorización administrativa de ocupación de vía pública aquellas personas o entidades responsables de la actividad.
La ocupación de vía pública queda sujeta a la previa autorización municipal. La autorización dará derecho a celebrar el evento en el lugar y en la fecha solicitado con las limitaciones que, en materia de horarios, emisión de ruidos, etc., establecen las Ordenanzas Municipales y la legislación aplicable.
La resolución no expresa en el plazo de un mes tendrá efectos desestimatorios, salvo que la solicitud de ocupación afecte únicamente a suelo de titularidad privada y no infrinja el ordenamiento urbanístico.
Para obtener más información, los interesados pueden ponerse en contacto con el departamento de Alcaldía del Ayuntamiento de Huesca.
Se puede acceder desde este portal a la sede electrónica para realizar el trámite online. Es necesario identificarse con el servicio de PIN 24 Horas o con un certificado electrónico.
Se puede entregar personalmente el formulario de instancia general cumplimentado y toda la documentación necesaria.
¿Dónde presentarlo?
Formulario de solicitud instancia general que incluya los siguientes datos:
Datos de la persona, asociación, empresa etc., responsable del evento que se va a realizar.
Datos del lugar en el que se quiere realizar el evento.
Fecha en la que se va a realizar el evento y horario aproximado.
Memoria descriptiva del tipo de ocupación que se va a realizar, si es posible con imágenes, y relación detallada de todos los elementos de mobiliario y auxiliares que se pretenda instalar (en caso de que sea necesario).
En garantía de una utilización no dañina del espacio público solicitado, en el supuesto de que sea necesario, se podrá requerir la constitución de una fianza de cuantía suficiente con el fin de responder ante cualquier daño que pudiera producirse en cualquiera de las instalaciones, elementos o dependencias de la misma, ya sean de propiedad municipal o de terceros.
Autoliquidación de la tasa, en su caso.
Cualquier otra documentación y/o autorización que se considere necesaria para conceder la autorización solicitada.
Según Ordenanza Fiscal 23. Reguladora de la Tasa por la Ocupación de la Vía Pública.
Alcaldía del Ayuntamiento de Huesca.
Ordenanza Municipal Reguladora de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Huesca
Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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