Responsabilidad patrimonial -

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Responsabilidad patrimonial

por Internet Presencial

Estado: Abierto

Fecha límite: En plazo

Descripción

Es el reconocimiento del derecho a ser indemnizado por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que se sufra en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

El daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas.

Tipología:

  • Procedimiento general.
  • Procedimiento abreviado: Cuando a la vista de las actuaciones, documentos e informaciones del procedimiento general, el órgano instructor entienda que son inequívocas la relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá acordar de oficio la suspensión del procedimiento general y la iniciación de un procedimiento abreviado.

Dirigido a

Cualquier ciudadano que haya recibido un daño en su persona o en sus bienes como consecuencia del funcionamiento de un servicio público.

Requisitos y observaciones

¿Cómo reclamar una resolución negativa?

El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motivó la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Significado y plazos del silencio administrativo:

  • Procedimiento general: Negativo. Plazo 6 meses desde la iniciación del procedimiento o formalización de acuerdo.
  • Procedimiento abreviado: Negativo: Plazo 30 días desde la iniciación del procedimiento sin recaer resolución, formalización de acuerdo o levantamiento de la suspensión del procedimiento general.

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

Puedes acceder desde aquí a la sede electrónica para realizar este trámite. Necesitarás identificarte con el servicio de PIN 24 Horas o con un certificado electrónico.

De manera presencial:

Se puede entregar personalmente el formulario.

¿Dónde presentarlo?

  • En el Registro General del Ayuntamiento de Huesca. Plaza de la Catedral, s/n, Huesca. Horario: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud rellenado.
  • Fotografías, en su caso, del lugar del suceso y del bien dañado.
  • Informe médico acreditativo de lesiones personales, en su caso.
  • Denuncia ante la Policía Local o Guardia Civil.
  • Declaración de testigos, en su caso.
  • Copia del presupuesto o factura del gasto ocasionado.

Órgano gestor

Secretaría del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

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