Deportes / Subvenciones para eventos deportivos 2024

por Internet

Estado: En plazo de justificación

Fecha límite: 31/10/2024

Descripción

De acuerdo a la Ordenanza General de fecha 12 de abril de 2016, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Huesca y sus Entidades Dependientes publicada en el B.O.P el 13 de abril de 2016 y modificada el 19 de diciembre del 2017 en B.O.P. nº 239.

De conformidad con los Estatutos del Patronato Municipal de Deportes, y mediante Decreto número 526/2024 del Alcalde Accidental del Ayuntamiento de Huesca, se convocan ayudas a proyectos de eventos  deportivos de carácter puntual desarrollados o a desarrollar en el municipio de Huesca desde el 30 de septiembre de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2024 por entidades o asociaciones deportivas legalmente constituidas sin ánimo de lucro y que tengan una repercusión social, económica y turística y además que sirvan como escaparate y promoción de la actividad física entre la ciudadanía de Huesca.

Publicadas en el B.O.P. de Huesca nº 33, de fecha 16 de febrero de 2024.

Plazos

  • Plazo de solicitud: del 17 de febrero al 07 de marzo de 2024.
  • Plazo de justificación: con fecha final del 31 de octubre de 2024.

Dirigido a

A los efectos de las presentes bases, se entenderá por evento deportivo aquél acontecimiento puntual, único en el año y en una unidad temporal única, programado con el fin de congregar a personas para participar o presenciar actividades, competiciones, jornadas de divulgación científica relacionadas con el deporte y la actividad física, exhibiciones en el ámbito de la actividad física y deportiva.

  • Quedan excluidos aquellos eventos incluidos en el programa de Fiestas Municipal o aquellos que ya reciban ayuda por otra área del Ayuntamiento. Es incompatible con la recepción de otras ayudas municipales.
  • No se admiten más de un evento igual o de las mismas características por cada asociación.
  • Quedan excluidas las ligas de cualquier tipo y diferentes fases clasificatorias de competiciones federativas.
  • Quedan excluidos aquellos eventos que se alejen del objeto de la convocatoria.
  • Quedan excluidas pruebas de material o eventos comerciales.
  • Quedan excluidos eventos de clubs de carácter interno o de carácter local en los que no haya más de un 40% de participación de fuera de la ciudad.
  • Quedan excluidos aquellos en el caso de que la subvención se solicite para un mismo destino y finalidad que en ejercicios anteriores no hayan justificado las mismas o no hayan cumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación (art. 9 b) Ley de Subvenciones de Aragón).

Requisitos y observaciones

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

Las solicitudes, ajustadas al modelo oficial (Anexo I), deberán contar con la firma del representante legal de la Entidad. En dicho Anexo I declarará que los datos presentados a la convocatoria son ciertos y autorizará al Ayuntamiento a solicitar un certificado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Seguridad Social de estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias.

Se presentarán en el registro municipal en la sede electrónica o mediante las diferentes formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación necesaria

Para la solicitud de la subvención:

La solicitud de subvención irá acompañada con un proyecto (el cual se valorara para asignar los puntos del baremo) y el estudio económico real del coste del evento reflejado en el Anexo 1.2, especificando en el proyecto en todo caso:

1. Breve descripción de la actividad. (Anexo 1.1).

 2. Fecha de inicio y final de la actividad, así como lugar (Acompañar de plano si es necesario) y horario donde se desarrolla.

3. Objetivos perseguidos con la actividad y desarrollo de la misma.

4. Número de deportistas o personas que participan en la actividad. Porcentaje de los mismos que provienen de fuera de la ciudad. Cuantos son masculinos y cuantos femeninos. Si hay discapacitados. Categorías de edades.

5. Categoría deportiva del evento.

6. Organigrama, tareas, temporalización, plan de seguridad y contingencias, voluntarios, etc.

7. Presupuesto económico de la misma equilibrado en ingresos y gastos. Desglosando el capítulo de gastos e ingresos (Anexo 1.2) El presupuesto será el propio del evento, no el del club o asociación.

8. Ficha en formato electrónico según Anexo 3 con los datos necesarios para incluir la actividad en la AGENDA MUNICIPAL. Deberá ser mandada al correo pmd@huesca.es antes de acabar el plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.

9. Una declaración jurada (Anexo 1.3) sobre la obtención o no de otras ayudas para el mismo evento. En el  caso de que el evento haya sido financiado, además de con la subvención del Ayuntamiento de Huesca, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.

Para la justificación de la subvención: 

Presentar, con fecha final del 31 de octubre del año en curso la memoria y la justificación de los gastos de la misma que incluirá:

1. Instancia modelo Anexo 2.

2. Memoria (Anexo 2.1) con el número final de público, deportistas detallando su procedencia, resultados y valoración del evento. Hojas de inscripciones.

3. Material gráfico o publicitario en el que conste la colaboración del Patronato Municipal de Deportes en la actividad.

4. Relación individualizada de todos los gastos de la actividad con sus conceptos ordenada correlativamente y que será sumada al final de la relación (Anexo 2.2). Habrá que justificar el 100% del presupuesto  de gastos presentado para el evento. En caso de que no se justifique el 100% de lo presupuestado, la cantidad concedida de subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de justificación efectiva sobre el presupuesto de gastos presentado.

Los documentos justificativos de los gastos y de los pagos estarán presentados en documento único numerados de forma correlativa en el mismo orden en el que están en la relación del Anexo 2.2 Cada una de las facturas, documentos de pago contable, etc., irán seguidos y asociados  de su correspondiente  justificante de pago (recibo o apunte bancario inequívoco del pago).

5. Facturas y documentos contables de gastos por los gastos de la actividad.

 6. Justificación del ingreso o pago de dichas facturas o gastos. Los gastos superiores a 300,00’-€ sólo podrán ser justificados mediante justificante bancario. Las de 300,00’-€ o menos, si no hay justificante bancario, deberá tener la firma de recibí o pagado.

 7.Una declaración jurada (Anexo 2.3) sobre la obtención o no de otras ayudas e ingresos para la misma actuación. En el  caso de que la actuación haya sido financiada, además de con la subvención del Patronato Municipal de Deportes, con fondos propios u otras subvenciones o recursos públicos o privados, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.

8.Certificado de la Agencia Tributaria como que el club o asociación No consta que haya presentado la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio del año en curso. En caso que la asociación esté obligada a presentar la declaración de IVA, los gastos imputados a la justificación de gastos será la cantidad sin IVA. Es decir, la base imponible de las facturas.

Órgano gestor

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración, compuesta por tres técnicos.

El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

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