Deportes / Subvenciones para actividades deportivas de clubes 2024

por Internet

Estado: En plazo de justificación

Fecha límite: 30/10/2024

Descripción

De acuerdo a la ordenanza general  por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el ayuntamiento de Huesca y sus entidades dependientes publicada en el B.O.P el 13 de abril de 2016 y modificada el 19 de diciembre del 2017 en B.O.P. nº 239.

La constitución española en su artículo 43.3 encomienda a los poderes públicos el fomento de la educación física y el deporte. Dentro del ámbito competencial que el artículo 7 de la  Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón da a los municipios Aragoneses, y con el objeto de apoyar a los Clubes Deportivos.

De conformidad con los Estatutos del Patronato Municipal de Deportes, y mediante Decreto número 524/2024 del Alcalde Accidental del Ayuntamiento de Huesca, se convocan ayudas a proyectos de actividades deportivas a desarrollar en el año 2024 del 1 de enero de 2024 al 20 de octubre de 2024, o temporada 2023-24 del 1 de Julio del 2023 al 30 de junio de 2024, por Asociaciones, Clubes del municipio de Huesca inscritas en el Registro de Asociaciones Ciudadanas del Ayto. de Huesca.

Publicadas en el B.O.P. de Huesca nº 47, de fecha 7 de marzo de 2024.

Plazos

  • Plazo de solicitud: Del 8 al 27 de marzo de 2024. 
  • Plazo de justificación: hasta el 30 de octubre de 2024.

Dirigido a

  • A proyectos de actividades deportivas a desarrollar por Asociaciones, Clubes del municipio de Huesca inscritas en el Registro de Asociaciones Ciudadanas del Ayto. de Huesca.
  • Quedan excluidas las Asociaciones de Padres y Madres de los centros educativos de Primaria y Secundaria y actividades que desarrollen los clubes en los centros escolares al haber una línea de ayudas específica para el deporte en los centros escolares.
  • Quedan excluidas aquellas actividades o equipos que reciban ayuda por alguna otra convocatoria municipal. Es incompatible con la recepción de otras ayudas municipales.
  • Los gastos subvencionables serán aquellos directamente relacionados con cada una de las actividades por la que se solicita subvención. Transportes, instalaciones, material, publicidad, gastos federativos, avituallamientos, gastos de personal. No se admiten gastos protocolarios, restauración y hostelería que no correspondan a la manutención de los viajes deportivos de las propias competiciones, ni gastos generales de la asociación en mayor cuantía del 15%.
  • Quedan excluidos los que en el caso de que la subvención se solicite para un mismo destino y finalidad que en ejercicios anteriores no hayan justificado las mismas o no hayan cumplido el fin de las mismas con un informe negativo de su justificación (art. 9 b) Ley de Subvenciones de Aragón).
  • En ningún caso, se podrán otorgar subvenciones por cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de los proyectos o actividades subvencionadas, ni superar los límites de financiación que, en su caso, se hubieran establecido en la respectiva convocatoria. Art 9.6 Bases reguladoras de subvenciones del Ayto de Huesca (BOPH nº 239. 19 dic 2017).
  • No se considerarán actividades de club las que no tengan un monitor, monitora o responsable dirigiendo la actividad en el lugar de la misma.

Requisitos y observaciones

Información sobre requisitos:

¿Cómo realizar el trámite?

Por Internet:

Puedes acceder desde aquí al formulario para realizar el trámite de solicitud (hasta el 27/3/2024) o justificación (hasta el 30/10/2024). Necesitarás identificarte con el servicio de PIN 24 Horas o con un certificado electrónico.

Documentación necesaria

Para solicitar la subvención: 

  1. Memoria de la actividad (Anexo I.1). Presentará un anexo por cada una de las actividades o equipos presentados.
    • Breve descripción de la actividad.
    • Objetivos perseguidos con la actividad y desarrollo de la misma.
    • Número de deportistas que participan en la actividad.
    • Edad y género de los deportistas, concretando los que sean entre 7 y 13 años, entre los 14 y 18 años, y mayores de 18 años.
    • Número de horas de dicha actividad.
    • Fecha de inicio y final de la actividad, así como lugar y horario donde se desarrolla.
    • Titulaciones de los responsables de la actividad: Monitores, educadores, entrenadores... (Adjuntar fotocopias de las titulaciones).
  2. Presupuesto de la actividad (Anexo I.2). Presentará un anexo I.2 por cada uno de las actividades o equipos presentados.
    • Coste económico de la misma. Desglosando el capítulo de gastos.
    • Ingresos previstos para la actividad:
      • Ingresos por los participantes.
      • Ingresos por otras entidades públicas.
      • Ingresos por empresas o particulares.
      • Ingresos por parte del Patronato Municipal de Deportes.
      • Otros ingresos.
  3. Declaración responsable (Anexo I.3).

La ausencia de alguno de estos datos dará lugar a la no consideración a la hora de valorar dicho apartado.

Se rellenará una hoja Anexo I.2 por cada una de las actividades. El presupuesto será el propio de la actividad, no el del club o asociación.

Si se pide ayuda por la actividad de equipos deportivos, deberá rellenarse una hoja Anexo I.2 por cada equipo. El presupuesto será el del equipo, en caso de presentar varios equipos, se presentará un presupuesto por cada equipo en cada hoja.

Para justificar la subvención: 

Presentar, con fecha límite del 30 de octubre, la memoria y la certificación de los gastos de la misma que incluirá:

1.- Instancia Justificación. (Anexo 2) (Solo para presentación presencial)

2.- Memoria de cada una de las actividades presentadas. (Anexo 2.1).

3.- Material gráfico o publicitario en el que conste la colaboración del Patronato Municipal de Deportes en la actividad.

4.- Relación individualizada de todos los gastos de la actividad con sus conceptos ordenada correlativamente y que será sumada al final de la relación (Anexo 2.2). Habrá que justificar el 100% del presupuesto  de gastos presentado para la actividad. En caso de que no se justifique el 100% de lo presupuestado, la cantidad concedida de subvención se reducirá proporcionalmente al porcentaje de justificación efectiva sobre el presupuesto de gastos presentado.

Los documentos justificativos de los gastos y de los pagos estarán presentados en documento único numerados de forma correlativa en el mismo orden en el que están en la relación del Anexo 2.2 Cada una de las facturas, documentos de pago contable, etc, irán seguidos y asociados  de su correspondiente  justificante de pago (recibo o apunte bancario inequívoco del pago).

5.- Original o fotocopia compulsada de las facturas originales por los gastos de la actividad. Los gastos superiores a 300 € sólo podrán ser justificados mediante justificante bancario. Las de 300 € o menos, si no hay justificante bancario, deberá tener la firma de recibí o pagado.

6.- Justificación del ingreso o pago de dichas facturas o gastos.

7.- Una declaración responsable de ingresos (Anexo 2.3). En el  caso de que la actuación haya sido financiada, además de con la subvención del Patronato Municipal de Deportes, con fondos propios, cuotas de participantes u otras subvenciones o recursos, dicha declaración se acompañará de una relación detallada de esos otros ingresos o subvenciones, con la indicación del importe y procedencia.

8.- Certificado de la Agencia Tributaria como que el club o asociación No consta que haya presentado la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente al ejercicio del año en curso. En caso que la asociación esté obligada a presentar la declaración de IVA, los gastos imputados a la justificación de gastos será la cantidad sin IVA.

Órgano gestor

Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión de Valoración, compuesta por tres técnicos.

El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Huesca.

Normativa

Trámites relacionados

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