Preguntas frecuentes


¿Cuáles son las formas que tiene un aspirante de presentar una instancia en el Ayuntamiento de Huesca?


Las instancias pueden presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Huesca.

También puede presentarse, según lo previsto en el art.38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, de la siguiente manera:

  • Registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado

  • Oficinas de Correos

  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero


El plazo para presentar instancias, es de 20 días naturales, salvo que se decida un plazo inferior.

El aspirante deberá pagar los derechos de examen en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Huesca o en el número de cuenta de Banco que la Corporación tiene para estos cometidos.

El aspirante deberá adjuntar a la instancia fotocopia del D.N.I , y demás documentos compulsados que se soliciten.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán las listas provisionales de admitidos y excluidos. Los interesados tendrán 10 días para poder presentar reclamaciones.

Una vez transcurrido el plazo anteriormente dicho, las listas provisionales de admitidos y excluidos, se elevan a definitivas, procediéndose a publicar la fechas de las pruebas en los diferentes medios de difusión.

En una convocatoria en la que se valoran méritos, ¿Cómo han de aportarse?

La forma en la que se deben aportar los méritos se indica en las bases de la convocatoria. Pero, en términos generales, se puede resumir en:

  • Experiencia en las Administraciones Públicas: Mediante certificado en el que conste la categoría profesional y el periodo de prestación de servicios

  • Titulación: Mediante copia de la titulación que se posea. No será computable como mérito la titulación exigida en la convocatoria

  • Cursos de formación: Mediante el certificado o diploma de asistencia en el que aparezca la denominación del curso o acción formativa así como el número de horas

 

¿Cómo puede un ciudadano apuntarse en la Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Huesca?


Las categorías en las que existe un elevado número de contrataciones o nombramientos interinos se establecen Bolsas de Trabajo para la selección de personal temporal.

  • Las Bolsas de Trabajo se pueden generar como consecuencia de la última oposición celebrada para la cobertura de las plazas en propiedad. Estarán integradas por los aspirantes que, al menos, hayan superado un ejercicio

  • Las Bolsas de Trabajo pueden generarse como resultado de una convocatoria específica para puestos de trabajo concretos en la que se realizan las correspondientes pruebas de selección

  • Cuando no se dispone de personal para prestar servicios en el Ayuntamiento de Huesca porque las Bolsas de Trabajo estas agotadas, puede enviarse una Oferta de Empleo al INAEM, para cubrir puestos vacantes con carácter temporal. Los interesados deberán estar necesariamente inscritos en la Oficina de Empleo como demandantes