Renovación de datos de extranjeros en el Padrón
Presencial
Estado: Abierto
Fecha límite: En plazo
Descripción
Las personas extranjeras no comunitarias y que no tienen autorización de residencia permanente tienen que renovar la inscripción de sus datos en el Padrón Municipal cada dos años para verificar que siguen viviendo en España y en el mismo municipio en el que están empadronadas.
Plazos
El plazo viene señalado en la notificación que te hemos enviado a tu casa.
Dirigido a
Personas extranjeras no comunitarias que estén empadronadas en Huesca.
Documentación necesaria
- Documento de notificación que debe haber llegado a tu domicilio
- NIE o Pasaporte.
- En el caso de realizar el trámite a través de representante, hay que presentar el NIE o Pasaporte tanto de la persona que actúa como representante como de la persona interesada en renovar los datos.
- Se puede tramitar mediante representante siempre que representante y representado estén inscritos en el mismo domicilio.
Órgano gestor
Servicio del Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Huesca.
Normativa
- Ley 4/1996, de 10 de enero que modifica la Ley 7/1985 Reguladora de las bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes e materia de régimen local
- Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, que modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial
- Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
- Resolución del Instituto Nacional de Estadística ha dictado la Resolución conjunta de la Presidencia del INE y el Director General de Cooperación Local de 28 de abril de 2005, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente